Es requisito necesario y preceptivo solicitar al Ayuntamiento la expedición de un informe certificado acreditativo de la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y, en su caso, con las ordenanzas municipales relativas al mismo (art. 22 Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la C. Valenciana).